POLÍTICA PARA EL TRANSPORTE DE MENORES DE EDAD

TRANSPORTES GÓMEZ HERNÁNDEZ S.A. se encuentra dedicada a la prestación de servicios de Transporte de pasajeros, en pro de generar una movilidad segura para nuestros menores de edad se adopta lo siguiente:

  1. Todo pasajero adulto puede viajar con un infante hasta de (4) cuatro años sin pagar tarifa alguna por éste, siempre y cuando el menor viaje en sus brazos y no ocupe un asiento, en caso de que viaje más de un menor por adulto se cobrará el valor de un tiquete.
  2. Ningún menor de edad entre los 0 y 12 años debe viajar en los vehículos afiliados a Transportes Gómez Hernández S.A., sin estar acompañado de una persona adulta.
  3. Los menores de edad entre los 13 y 17 años podrán viajar solos en los vehículos de Transportes Gómez Hernández S.A. cumpliendo con el requisito indispensable del diligenciamiento de formato “AUTORIZACIÓN DE VIAJE PARA NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES” adjuntando la fotocopia de la cédula del padre/madre o tutor autorizado y del documento de identificación del menor. Es válido que cualquiera de los dos padres autorice el viaje del menor. Si algún menor de edad insiste en viajar solo sin compañía de sus padres o adulto acompañante, se informará de tal pretensión a la Policía de Infancia y Adolescencia.
  4. Será OBLIGACIÓN exclusiva del adulto responsable, reportar al momento de la compra del tiquete, que dicho tiquete será para un menor de edad y aportar toda la documentación legal exigida, de lo contrario no se le permitirá viajar.
  5. Al momento del viaje, el adulto responsable deberá presentarse en la taquilla con el menor y sus documentos de identificación originales – cédula de ciudadanía, registro civil o tarjeta de identidad– y la autorización por escrito firmada por los padres, con un tiempo mínimo de 30 minutos antes de la hora de salida con el fin de gestionar la documentación y la adecuada acomodación del menor en el vehículo.
  6. Antes de abordar el vehículo, el menor deberá presentar, además del tiquete, el formato “AUTORIZACIÓN DE VIAJE PARA NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES”, diligenciado y firmado por sus padres o tutores.
  7. Cuando el menor viaja solo, éste deberá ser recogido en la taquilla de la ciudad destino a la hora exacta de la llegada del vehículo por la persona indicada en el formato “AUTORIZACIÓN DE VIAJE PARA NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES” que portará el conductor del vehículo; el adulto autorizado para reclamar el menor deberá presentar el respectivo documento de identidad original.
  8. Si la persona registrada en el formato “AUTORIZACIÓN DE VIAJE PARA NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES” no se presenta a la hora de la llegada del menor a su destino, éste quedará en custodia en la taquilla de Transportes Gómez Hernández S.A. durante 30 minutos; si transcurrido este tiempo el menor no ha sido reclamado, será entregado en custodia a la Policía de Infancia y Adolescencia o la autoridad competente.

Si usted va a viajar con un Menor de Edad, podrá descargar el formulario, diligenciarlo y presentarlo al momento del viaje, con toda la documentación exigida:

Formulario: AUTORIZACIÓN DE VIAJE PARA NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES.pdf

Todos los trabajadores que intervengan en la operación de Transporte de Pasajeros serán responsables de que esta política se cumpla a cabalidad. La presente política entra en vigor a partir de la aprobación impartida por la Alta Dirección y estará disponible a todas las partes interesadas, será revisada periódicamente para verificación de su cumplimiento y actualización en busca de la mejora continua. El incumplimiento de estas acarreará las acciones sancionatorias dispuestas en el Reglamento Interno de Trabajo de la empresa.